Casos Jacobo Tagle Dobin / Cinthya Cantú Muñoz (14 de marzo 2018)

Fuente: En Vero Español
Entrevistadora: María Zurbarán, Secretaria del Consejo de administración
El 14 de marzo de 2018

 

Entrevista con Licenciado mexicano Óscar Sánchez: el caso Jacobo Tagle, el caso Cinthya Cantú Muñoz, y los derechos humanos en México

 

 
Contexto:

Después de habernos enterado de que Jacobo Tagle Dobin había quedado sin abogado durante un periodo superior a 6 meses sin que ni él, ni su familia hubiese recibido notificación alguna por parte de la Defensoria Publica, en violacion al derecho fundamental a una defensa adecuada, la asociación En Vero concluyó los términos de una colaboración con el Licenciado mexicano Óscar Sánchez, defensor particular de otra culpable fabricada que representa En Vero: Cinthya Cantú Muñoz. El Lic. Sánchez aceptó asumir pro bono la defensa de Jacobo Tagle Dobin, falsamente acusado y torturado en el caso Wallace.

María Gabriela Zurbarán, Secretaria del Consejo de Administración, realizó una entrevista con el Lic. Óscar Sánchez. 

 

Entrevista:

MZ: Licenciado Oscar Sánchez. Gracias por aceptar esa entrevista. Para empezar, ¿me podría dar una idea general de su perfil profesional?

OS: Soy Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, con especialidad en Ciencias Penales y egresado del Primer Diplomado en DDHH de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán.

MZ: ¿Porque ha aceptado Usted tomar el caso de Jacobo Tagle y que es lo que considera importante en este caso?

OS: Es un caso al que se le ha dado seguimiento, a través de las diversas organizaciones y periodistas que habían documentado el caso, las múltiples violaciones que se han evidenciado y la impunidad con la que se han conducido las falsas victimas en complicidad con el estado, como se ha fraguado desde las más altas esferas del poder la fabricación de culpables utilizando como método la tortura. Lo importante en este caso es el acreditar la ductibilidad del derecho por parte de intereses personales y como la autoridad se aleja de su fin que es el de procurar (en la etapa investigadora) y administrar (etapa procesal) justicia, buscamos la verdad, el litigio en tribunales y no en los medios, que la búsqueda de la justicia jamás se confunda con la venganza.

MZ: ¿Que es lo que pasa con el caso de Cinthya Cantú, porque tanto tiempo ha pasado sin que se resuelva la situación jurídica de ella?

OS: Después de un largo proceso donde quedó acreditada la inocencia de Cinthya, el omiso caso que se hizo ante los señalamientos de tortura, en espera de interponer un amparo para que se resuelva su situación jurídica, y agradecemos a nombre de la defensa y la familia las muestras de interés que se han tenido por sectores periodísticos y de organizaciones de DDHH.

MZ: ¿Cuál es su perspectiva sobre la situación de los derechos humanos en México y sobre la fabricación de culpables en particular?

OS: Existe una clara y evidente Involución en los DDHH, lamentablemente ahora presenciamos un régimen que si bien está fragmentado y en clara decadencia, es cuando más agresivo se vuelve, estamos ante la barbarie y en el desamparo. Sin embargo somos personas que creemos en la sociedad que siempre y cada vez está más atenta. Si bien lamentamos la muerte de los Defensores de DDHH, los asesinatos y persecuciones de los Ombudsman, vemos y nos vanagloriamos que casos como el de Atenco tengan eco internacional, estamos en espera de la sentencia de la CIDH, y vigilantes al escrutinio ciudadano, 

MZ: Muchísimas gracias por su colaboración y su trabajo por la defensa de los derechos humanos, Licenciado Sánchez.

 

Conclusión:

David Bertet: Aprovechamos esa oportunidad para agradecer a todos los colaboradores externos (i.e. que no tienen el estatus de miembro de la organización, sino afiliados a la misma) quienes, como el Lic. Óscar Sánchez, aceptan trabajar con nosotros y de manera gratuita con el único objetivo de lograr la libertad y la justicia en casos de culpables fabricados. Asímismo, manifestamos y queremos que quede claro que cualquier ataque, o intento de ataque, cualquier acto de difamación, o intimidación, o represalia, o uso de violencia psicológica o física, dirigido hacia algún miembro en activo perteneciente a nuestra organización en particular, hacia algún voluntario integrante del Comité ejecutivo, o hacia algún colaborador externo, con quién previamente hemos concluido un convenio de colaboración e intercambio de servicios, sera considerado como un acto que vulnera los intereses de la organización misma a la que pertenecen o están vinculados al nivel profesional las categorías de individuos mencionados, y sera objeto de una respuesta adecuada, incluyendo el uso de las vías jurídicas civiles o penales.