Source: En Vero Español
Autora: Ana Pulido
El 22 de agosto de 2018
Actualización sobre el caso De Francisco Leopoldo Sea López, víctima en Caso Martí.
Después de casi 9 años de una larga espera, la segunda semana de Mayo de 2018, el Juez del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, David Calderón Blanc, dictó sentencia a uno de los tres procesos penales que enfrenta FRANCISCO LEOPOLDO ZEA LÓPEZ, injustamente acuso en el caso Martí. En este proceso se le acusa por la portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército y Fuerza Aérea, AK 47, del cual, al día de hoy, se desconoce su paradero, siendo que el implicado jamás estuvo en contacto con ningún tipo de arma. Señalamos que el ineficiente y negligente trabajo de defensa de Francisco Leopoldo Zea López por parte de su abogado de oficio, el Licenciado Sergio Cerralonga – a quien prácticamente es imposible encontrarlo dentro de las instalaciones del Juzgado, estando mayormente ausente a lo largo del proceso – resulta en parte responsable de la sentencia condenatoria rendida por el Juez Calderón Blanc, sentencia incomprehensible desde el punto de vista de quienes hemos analizado el expediente de Francisco Leopoldo.
Francisco Leopoldo Zea López fue condenado en primera instancia a pesar de las pruebas siguientes presentadas por el hoy sentenciado:
– Prueba de balistica inicial practicada en el momento de su detención: resultado negativo – el analisis balistico logró a comprobar que no existía ningún elemento que sustentará la versión de la Policía Federal, no existiendo ni huellas en el arma ni restos de pólvora o residuos en las manos del procesado.
– Recomendación escrita por parte de la CNDH en México, quedando asentado en el número de expediente CNDH-1-2009-4471-Q (Oficio de la CNDH #16775 del 09-04-2009). Quién revisó a Francisco ese día 9 de septiembre de 2009 (días después de su detención) enfatizó la gravedad de los golpes recibidos por Francisco durante sus 32 horas de tortura.
– Careo con los dos elementos de la Policía Federal, quienes lo presentaron a la SIEDO trás haberlo detenido en supuesta flagrancia: Después de varios citatorios a los dos Policías Federales, se presentaron al careo, donde Francisco les hace ver lo imposible que es ver un arma AK 47 “debajo del asiento del copiloto a una distancia de 10 metros, en un auto con vidrios semi polarizados”. La respuesta de los elementos de la Policía Federal a este careo fue: “No te conozco, no sé ni quién eres, solo recibí ordenes de mi jefe de levantarte”. Por lo que se corrobora que Francisco no fue detenido en flagrancia como ellos lo mencionaron en su declaración inicial en la SIEDO. A raíz de este careo, el Juez dio la orden para que le sea practicado el protócolo de estambul por parte de la Judicatura.
– Protócolo de Estambul: resultado positivo. Si bien lo indicó la CNDH en su periodo de arraigo, en el Protócolo de Estambul quedó asentada la tortura tanto física como psicológica a la cual fue sometido Francisco Leopoldo, teniendo varias lesiones con daño irreversible como bien lo establece la perito en Psicología Jurídica la Lic. María del Socorro Leticia Álvarez Vargas (número de cédula profesional 5818166), así como el Perito, Dr. Jorge Antonio Vargas Uribe (número de cédula profesional 5559034), quienes dictaminaron las lesiones irreversibles que Francisco presenta.
Teniendo todos estos elementos de pruebas de inculpabilidad, el Juez Lic. David Calderón Blanc, dictó sentencia de culpabilidad culpabilidad en contra de FRANCISCO LEOPOLDO ZEA LÓPEZ por la portacion de arma de uso exlusivo del ejercito y fuerza aerea, con una pena de 4 años de prision en el CEFERESO donde hasta el día de hoy está privado de su libertad por las falsas acusaciones de los dos elementos de la Policía Federal, siendo francisco, una víctima más de la fabricación de culpables en México.
En Vero seguira buscando la libertad de Francisco Zea López, como la de los otros acusados en el caso Martí.