Fuente: En Vero Español
Entrevistadora: Itzel Loranca
El 19 de marzo de 2018
Nota: Publicamos el contenido de la entrevista realizada por la periodista Itzel Loranca para SDP Noticias (artículo del 15 marzo de 2018) sobre el caso de Yarold Leyte Quintanar.
Entrevistados:
- Giuliana Rojas, integrante del Comité Ejecutivo
- David Bertet, Presidente del Consejo de Administración
Entrevista con Giuliana Rojas y David Bertet sobre el caso Yarold Leyte Quintanar
Itzel Loranca: ¿Son fidedignos los argumentos de las autoridades vertidos en la resolución, y que califican como “infundadas” (foja 68) las argumentaciones de la defensa de Yarold?
Giuliana Rojas: En ningún caso los argumentos de la defensa son infundados, por el contrario, los argumentos de la defensa ponen en evidencia todas las irregularidades de la investigación. Lo que resulta inaceptable e infundado es la posición tanto del tribunal de primera instancia como del tribunal colegiado que han decidido ignorar todas estas irregularidades, las cuales son evidentes y saltan a la vista con la sola lectura de los documentos que constan en el expediente, hay contradicciones en cuanto al momento en que se hicieron las diligencias de investigación, ya que de acuerdo a los documentos del proceso se tomó detenido a Yarold en su domicilio, fue trasladado a las dependencias de la AVI, se le tomó declaración, se le realizó un examen médico y luego se le trasladó nuevamente a su domicilio para la inspección ocular, todo ello en el espacio de una hora y veinte minutos. Esta simple inconsistencia debiera a lo menos haber llamado la atención del tribunal, pero no sólo fue ignorada sino que se atribuyó a un simple error mecanográfico, y a los jueces parece no importarles que diligencias tan importantes como la detención y la declaración previa no señalen la hora en la que fueron realizadas.
Estas inconsistencias ni siquiera son las más relevantes del proceso. Las pruebas periciales son completamente contradictorias a lo que declaró Yarold en su confesión forzada. Los peritos tanto de la defensa como del Ministerio Publico llegaron a la clara conclusión de que los hechos no ocurrieron como los relató Yarold en su declaración previa. La causa de muerte y el lugar en que ocurrieron los hechos son completamente distintos a lo que declaró Yarold. A pesar de esto se decidió condenar a Yarold con el argumento de que habría mentido en su confesión para facilitar su defensa, basándose simplemente en su confesión forzada y cerrando otras líneas de investigación que podrían haber arrojado luces a cerca de la verdadera forma en que ocurrieron los hechos.
IL: En la foja 90, las autoridades señalan la pericia jurídica y actitud procesal de la parte defensora como causa de las deficiencias en el proceso inicial ¿son válidas dichas observaciones de las autoridades? ¿se extralimitaron en sus comentarios?
GR: Considero que concentrarse en los errores que pudieron haberse cometido por la defensa en el inicio del proceso no es trascendente ni aporta al objetivo final que es llegar a la verdad histórica en ese crimen partiularmente macabre cometido en contra de María Teresa Gonzalez. El proceso seguido en contra de Yarold ha sido completamente irregular y para llegar a esta conclusión sólo basta la lectura del expediente, resulta inaceptable que los el tribunal colegiado enfocara parte de sus argumentos en señalar los supuestos errores de la defensa en una etapa muy precoz del proceso, y que por el contrario los errores gravísimos cometidos por la parte investigadora sean de esta manera minimizados y basicamente excusados bajo el pretexto de tratarse de simple errores de tipeo, como pretende el tribunal colegiado en su resolución, cuando en realidad estos errores demuestran la falta de rigor de la investigación.
En lo que debemos concentrarnos ahora es en que la investigación de la tortura sea llevada a cabo de manera exhaustiva e imparcial, pues demostrando la existencia de la tortura quedarán desvirtuadas todas las demás pruebas circunstanciales del proceso, ya que la determinación de responsabilidad se basa en la declaración forzada de Yarold.
IL: La “capital importancia” que las autoridades otorgan a la confesión de Yarold (foja 81) ¿no se ve afectada en su veracidad por los señalamientos de tortura que hay?
GR: No cabe duda que sí. Toda la teoría de la culpabilidad de Yarold se basa en su confesión, y no sólo eso, sino que tanto el tribunal de primera instancia como el tribunal colegiado han decidido en base a un criterio totalmente contrario al principio in dubio pro reo, considerando dicha confesión como un todo divisible, en el que ambos tribunales han decidido tomar en consideración para su decisión sólo aquellas partes que perjudican a Yarold y no las que le favorecen, tampoco el hecho de que esta declaracion contenga elementos que ponen en duda la autenticidad de la confesión misma y la legalidad de como fue obtenida, lo cual es completamente contrario a los principios básicos que informan el derecho penal y los derechos humanos, como lo son el principio in dubio pro reo y la presunción de inocencia.
Lo que resulta aún más inaceptable es que sólo ahora se ordene investigar respecto de la tortura sufrida por Yarold 6 años atrás. Las autoridades mexicanas tenían la obligación de investigar estos hechos al momento de ser denunciados por Yarold, sin embargo han transcurrido 6 años de total inactividad al respecto, 6 años durante los cuales se ha mantenido a Yarold privado de su libertad y, lo que es peor aún, ahora que se ha ordenado investigar los hechos, la investigación no será llevada a cabo por un órgano imparcial sino que por el Ministerio Público, que ha sido parte de toda la investigación totalmente irregular seguida en contra de Yarold, por lo que no quedan muchas esperanzas de que dicha investigación sea llevada a cabo con la seriedad y objetividad que los hechos merecen.
De probarse que las acusaciones de tortura son ciertas, se desmantelaría toda la teoría del caso planteada por el Ministerio Público y quedarían totalmente rebatidos los indicios por los cuales se ha resuelto dictar sentencia condenatoria en este caso. No nos cabe la menor duda de que estos serían los resultados si la investigación de la tortura es realizada con seriedad y objetividad, por un órgano completamente independiente y ajeno a la investigación del caso penal.
IL: Desde En Vero, ¿consideran un avance importante el que las autoridades ordenen que los señalamientos de tortura sean investigados por el Ministerio Público? (foja 88)
GR: Es un avance el que al menos se haya ordenado que se inicie una investigación respecto a estos hechos, pero no es una buena señal que la institución encargada de la investigación sea el Ministerio Público. Consideramos de vital importancia que la tortura de la que fue objeto Yarold sea investigada por un órgano completamente imparcial, lo mínimo que se puede pedir en este caso es que la investigación sea realizada por una institución que no haya sido parte en la investigación seguida en contra de Yarold, sólo de este modo se puede asegurar que la investigación sea imparcial y objetiva, no sólo para asegurar que la investigación sea llevada a cabo con ecuanimidad e independencia, sino también para que no quepa acerca de sus resultados. Si la misma institución que fue parte de la investigación seguida en contra de Yarold es la misma que investiga la tortura de la que fue objeto, siempre habrá un manto de duda acerca de sus resultados si éstos son desfavorables para Yarold. Para que realmente exista certeza jurídica respecto a los resultados de esta investigación es primordial que ésta sea realizada por una institución plenamente imparcial, que no tenga ningún tipo de interés en la investigación penal seguida en contra de Yarold.
IL: ¿Qué recurso legal queda disponible para continuar los esfuerzos por lograr la salida de Yarold Leyte de prisión?
GR: Todavía quedan recursos internos que se pueden presentar ante la Suprema Corte de Justicia y tampoco descartamos recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
IL: En México ¿En Vero da acompañamiento a algún otro caso que sea similar por la insistencia con que las autoridades sostienen la responsabilidad de un culpable fabricado?
David Bertet: Gracias por la pregunta. La misión de En Vero es precisamente ésta: de dar acompañamiento y seguimiento a casos de injusticia en los que detectamos practicas institucionales de fabricación de culpables. El caso de Yarold Leyte Quintanar es uno de los casos más emblemáticos de fabricación de culpables en México, no solamente porque en este caso se puso en marcha toda una mecánica institucional desde la etapa clave de investigación, mecánica que culminó con la condena en primera instancia y la confirmación de la condena en segunda instancia, sino porque vemos en este caso la magnitud del daño que dichas prácticas, e incidentemente los agentes estatales que las implementan, hacen. Un daño físico (de la privación indebida de la libertad, las torturas todavía muy frecuentes en México), pero sobre todo un daño emocional irreparable que va más allá de la víctima directa, en este caso Yarold: la fabricación de culpables afecta también a los familiares de las personas inocentes injustamente detenidas, procesadas, y condenadas. La fabricación de culpables destruye familias. Es lo más intolerable, creo, de esa triste realidad, y la fuente de nuestra motivación que nos lleva a revelar las situaciones en las que el sistema de impartición de justicia llega a funcionar al revés y a condenar a inocentes, en vez de protegerles.
Los casos a los que damos prioridad son los casos digamos “desesperados”, los casos que no gozan de una exposición mediática, y esos casos en los que otras organizaciones defensoras de los derechos humanos no se quieren meter, cuando nosotros, desde nuestra sede en Montreal (Canadá) o desde otros lugares en el mundo en los que viven y obran nuestros voluntarios, sí podemos investigar de manera independiente y objetiva, sí nos podemos pronunciar sobre la inocencia de los culpables fabricados, y sí podemos proporcionar los elementos probatorios que apuntan a los presuntos responsables de las prácticas de fabricación de culpables en casos concretos como es el caso de Yarold. En México, defendemos orgullosamente a las víctimas del caso Wallace, un caso completamente falso de secuestro inventado por la madre del desaparecido; defendemos a varios de los acusados en el caso Martí, y más de 20 casos muy similares, aunque nuestra organización también investiga y da acompañamiento a otros casos en países de América latina como Colombia, y desde una fecha más reciente, en el Medio oriente.