Comunicado de la CMDPDH (4 de marzo de 2016)

En entrevista con Ciro Gómez Leyva, Isabel Miranda de Wallace hizo imputaciones directas contra la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y su Director Ejecutivo, José Antonio Guevara Bermúdez, sin fundamento alguno. Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=LQ9Pm3Axi3E
En entrevista con Ciro Gómez Leyva, Isabel Miranda de Wallace hizo imputaciones directas contra la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y su Director Ejecutivo, José Antonio Guevara Bermúdez, sin fundamento alguno.
Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=LQ9Pm3Axi3E

Fuente: CMDPDH vía MXporFC
Autor: José Antonio Guevara Bermúdez, Director Ejecutivo

El 4 de marzo de 2016

Carta Aclaratoria sobre información difundida en el programa “Ciro Gómez Leyva por la Mañana” el 4 de marzo de 2016

Ciudad de México, a 4 de marzo de 2016

Ciro Gómez Leyva
Grupo Radio Fórmula
Presente

Estimado Ciro Gómez Leyva:

Escribo en mi carácter de Director Ejecutivo de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH) con el objeto de hacer las siguientes aclaraciones respecto a la información inexacta y de mala fe presentada por la Sra. Isabel Miranda de Wallace en la entrevista realizada en su programa “Por la mañana” el día de hoy 4 de marzo en la estación 104.1 FM de Radio Fórmula, que además se refleja en la nota titulada “Relator ONU facilita trabajo a red de corrupción para liberar criminales: Miranda. Con Ciro Gómez” publicada en la página de internet de Grupo Fórmula (http://www.radioformula.com.mx/notas.asp?Idn=575364&idFC=2016). Dicha información por no ajustarse a elementos fácticos de la realidad, generan una falsa apreciación de mi persona, de la organización que represento y de los casos que acompañamos, así como una afectación a nuestra honra y reputación por hacernos señalamientos de presuntos actos delictivos sin sustento alguno.

En primer lugar, queremos informar a la opinión pública que la CMDPDH es una asociación civil sin fines de lucro, creada hace 25 años, que representa víctimas de violaciones graves de derechos humanos como tortura, desaparición forzada de personas, ejecuciones extrajudiciales (asesinato por servidores públicos en ejercicio de sus funciones o por motivo de estos), feminicidios y desplazamiento interno forzado. Se trata de una organización que representa a las víctimas ante las diferentes instancias de protección de los derechos humanos nacionales e internacionales. Si ustedes en su calidad de periodistas o su auditorio tienen interés en conocer los casos que la CMDPDH representa revisen nuestra página de internet (http://cmdpdh.org/casos).

Sobre el origen de los recursos de la CMDPDH es muy importante informar que al ser una asociación sin fines de lucro, sus actividades son financiadas a través de fondos que obtiene de instituciones filantrópicas y de la cooperación internacional. Si en tu calidad de periodista tuvieras interés en conocer los detalles de nuestro financiamiento con mucho gusto te puedo mostrar la documentación y las auditorias que anualmente se nos hace por instituciones contables independientes. Asimismo, es nuestro deber aclarar que la CMDPDH y las personas que laboran en ella no cobran a, ni reciben honorarios de, las víctimas por los servicios de representación legal, ni tampoco nos hemos beneficiado de porcentaje alguno cuando hemos logrado que las instituciones del Estado cumplan con su obligación de reparar los daños causados cuando se acreditan las violaciones a los derechos humanos. Es muy importante enfatizar que ni la CMDPDH ni el suscrito han recibido del Fondo de Atención a Víctimas de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) dinero en el contexto de las reparaciones cubiertas a las víctimas que representamos. Estoy seguro que en tu calidad de periodista, interesado en estos temas, solicitarás información directamente a la CEAV para corroborar lo anterior.

También es importante aclarar que conforme al artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las víctimas de violaciones a derechos humanos tienen derecho a la reparación integral. La Ley General de Víctimas crea, como lo sabes, una institución (la CEAV) y, conforme a dicha legislación, la calidad de víctima la puede determinar la autoridad responsable de la violación, los ministerios públicos, los jueces, los organismos públicos de derechos humanos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), y ciertos mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos, entre los cuales se encuentra la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Comité de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura (CCT), estos últimos de Naciones Unidas. Una vez que se reconoce la calidad de víctima de una violación a los derechos humanos y que se registra a la víctima ante la CEAV, ésta a través de sus procedimientos -lo que incluye una decisión del Pleno (integrado por Sergio Jaime Rochín del Rincón, Adrián Franco Zevada, Susana Thalia Pedroza de la Llave, Julio Antonio Hernández Barros)-, determina el monto de la reparación, conforme a sus propias reglas y a los estándares constitucionales aplicables.

Sobre el caso aludido en la entrevista de la Señora Miranda, conocido como el de los “4 Civiles de Rosarito”, debemos señalar que tras un análisis independiente y autónomo dentro del marco de sus atribuciones conferidas por la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y, con base en información enviada por las víctimas, las organizaciones representantes y el propio Estado mexicano, el CCT determinó que dichas 4 personas habían sido víctimas de tortura por integrantes de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). En la decisión del CCT (México soberanamente se sometió al procedimiento del CCT), se señala que tanto la SEDENA como la Procuraduría General de la República (PGR) fabricaron pruebas falsas que se usaron en juicios en los que las víctimas fueron acusados[1]. Además, indebidamente, las instituciones del Estado emplearon confesiones arrancadas por tortura, entre otras pruebas ilícitas, para acusarlos de delitos que no cometieron. Esa determinación del CCT fue coincidente con el análisis hecho por la CNDH a través de su recomendación 33/2015 [2] la cual fue aceptada tanto por la PGR como la SEDENA. Con base en la inexistencia de pruebas, el Poder Judicial de la Federación determinó que las cuatro personas no eran responsables penalmente de los delitos imputados, es decir que los encontró inocentes.
En se mismo caso, la propia SEDENA, en un hecho inusitado y al estar consciente de los hechos ilícitos de sus funcionarios, en un oficio que le fue entregado a la CEAV en 2015 reconoció la calidad de víctimas a esas personas. Dicho oficio firmado por el Gral. Brig. J.M. y Lic. José Carlos Beltrán Benites, señala que “toda vez que los hechos materia del expediente número CNDH/2/2010/2830/Q, notificada a ésta Dependencia del Ejecutivo Federal, por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se le reconoce que son víctimas directas a los señores […], quienes fueron detenidos por parte del personal militar el día 16 de junio de 2009, en Playas de Rosarito, Baja California y por lo tanto sujetos a las prerrogativas que el orden jurídico consagra a su favor”[3].

En suma, un organismo nacional y un organismo internacional de derechos humanos, así como la autoridad responsable (SEDENA), reconocieron que los 4 civiles fueron víctimas de violaciones graves a los derechos humanos. Sin embargo, es importante aclarar que al día de hoy aún no han sido reparados ni por la CEAV ni por ninguna otra institución del Estado mexicano, a pesar el compromiso político expresado por las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores en el mes de octubre de 2015.[4]

El caso de los 4 civiles de Rosarito es muy significativo porque es un ejemplo de cómo se recurre al uso de la tortura por las instituciones del Estado mexicano y como se pretende justificar esa abominable práctica para la investigación y acusación por delitos graves como el secuestro o el narcotráfico. Es tan frecuente la práctica de la tortura en México para la investigación de los delitos que el Relator Especial de Naciones Unidas sobre la tortura y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que la señora Wallace pretende denostar, la han calificado como generalizada. A ello debemos adicionar que recientemente, dos muy prestigiosas académicas, Ana Laura y Beatriz Magaloni, después de haber efectuado encuestas representativas de personas privadas de libertad en Centros Federales de Readaptación Social han concluido lo siguiente “se puede afirmar que la tortura sí es una práctica generalizada del sistema de persecución criminal en el ámbito federal.”.[5]

Compartimos información relevante para ti en tu calidad de periodista y para tu auditorio sobre la dimensión del problema de la tortura.[6] La PGR nos informó que del 1° de diciembre de 2006 al 31 de diciembre 2014 ha recibido 4,055 denuncias de tortura,[7] de las cuales 1,273 son atribuibles a personal militar.[8] De los casos denunciados, 1,884 se transformaron en averiguaciones previas,[9] de las cuales en sólo 11 ocasiones se consignó ante un juez el asunto.[10] Por su parte, las Fiscalías de 22 Estados recibieron 1,166 denuncias por actos constitutivos de tortura y de éstas sólo 13 investigaciones han sido consignadas ante un juez.[11] A la fecha las 5 sentencias firmes que la Secretaría de Relaciones Exteriores ha reportado a diversos mecanismos internacionales no se nos han entregado a pesar de múltiples solicitudes de información.

En ese mismo periodo la CNDH recibió 4,404 quejas por tratos crueles, inhumanos o degradantes, abrió 109 expedientes de queja por tortura, y emitió 79 recomendaciones por tortura.[12] En al menos 7 de esas recomendaciones se hace referencia que la víctima de tortura fue señalada de haber cometido el delito de secuestro.[13] Entre los años 2007 y 2014 se interpusieron 4,133 quejas por tortura en otras 15 comisiones públicas de la República Mexicana[14].

Resulta verdaderamente preocupante que ante el evidente y grave contexto que atraviesa el país, aún existan personas que toleren la práctica de la tortura, e incluso le vean utilidad en las investigaciones de delitos como secuestro. Como lo hemos señalado, nosotros representamos casos o víctimas de violaciones a los derechos humanos y estamos convencidos que la responsabilidad penal de una persona, en un estado democrático de derecho, solo puede ser determinada por los jueces, después de un juicio que respete el debido proceso de las víctimas y acusados, pero definitivamente no por cualquier persona, incluso aquellas que enarbolan las mejores causas.

De igual manera, debo destacar que el suscrito, actual director ejecutivo de la CMDPDH, nunca ha laborado en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), como erróneamente ha sido difundido por la Señora Miranda, lo cual evidencia la mala fe con la que se conduce para fabricar supuestas ligas entre personas e instituciones. CEJIL, como estoy seguro estás enterado, es una de las más prestigiosas organizaciones no gubernamentales, sin fines de lucro, con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América, que se especializa en acompañar víctimas y casos de organizaciones de América Latina que buscan justicia en los órganos interamericanos de protección de los derechos humanos, cuando las instituciones de justicia nacionales no quieren o pueden hacerlo. Con mucho gusto si te interesa puedes conocer mi semblanza curricular en las dos páginas que aquí acompaño[15] y si tienes dudas o requieres información adicional puedo profundizar contigo sobre quienes fueron mis superiores, subordinados e incluso contrapartes en las diferentes posiciones que he ocupado en los últimos 20 años tanto en el sector público como en el no gubernamental y académico.

Finalmente debemos señalar que actos criminalizantes en mi contra, de la CMDPDH y de Mariclaire Acosta Urquidi quien es fundadora, ex Presidenta e integrante del Consejo Directivo de la CMDPDH, como los efectuados a través de la entrevista de la señora Isabel Miranda de Wallace, parecen tener como finalidad última desacreditar la labor de las organizaciones de defensa de derechos humanos, sean de índole nacional o internacional, en un contexto sumamente complejo de negación del diagnóstico por diversas autoridades. Además, señalamientos infundados en nuestro perjuicio arrojan como resultado incrementar el riesgo de quienes realizamos la labor de defensa de derechos humanos. Estamos convencidos que los medios de comunicación y las y los comunicadores tienen una enorme responsabilidad para informar adecuadamente a la sociedad y deben evitar ser utilizados para avanzar agendas autoritarias, que erosionan el Estado de Derecho y promueven o toleran el abuso del poder.

La sociedad mexicana tiene derecho a estar informada sobre la situación de los derechos humanos, a tener elementos que le permitan valorar objetivamente lo que ocurre en nuestro lastimado México, y conocer los recursos de defensa que el orden jurídico les ofrece. Decir que quienes buscamos erradicar la tortura es una afrenta a los derechos de las víctimas del delito es una mentira. Por el contrario, las organizaciones que trabajamos por la erradicación de la tortura lo hacemos no solo para el beneficio de los imputados o procesados, sino de las víctimas del delito, ya que solo con investigaciones respetuosas de los derechos humanos se pueden lograr condenas que garanticen la justicia, la verdad y la reparación integral a dichas víctimas, incluidas las del secuestro. Las víctimas del delito tienen derecho a que los ministerios públicos hagan investigaciones profesionales, que lleven ante la justicia a los responsables basados en pruebas lícitas.

Con el objetivo de aclarar la información difundida por la Señora Miranda de Wallace, con el debido respeto solicitamos a Grupo Radio Fórmula que esta carta sea leída íntegramente en el programa “Ciro Gómez Leyva por la Mañana”, dándole la misma difusión, alcance y repetición que a la entrevista de la Señora Isabel Miranda de Wallace. También solicitamos que esta carta se difunda con la misma intensidad y en los mismos lugares y redes sociales que publicaron la nota “Relator ONU facilita trabajo a red de corrupción para liberar criminales: Miranda. Con Ciro Gómez”.

Les agradecemos de antemano la atención que se sirva dar a la presente y sin más por el momento aprovechamos la ocasión para enviarles un cordial saludo.

Atentamente,

José Antonio Guevara Bermúdez
Director Ejecutivo
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C.

CMDPDH
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[1] Véase, decisión del Comité Contra la Tortura, disponible en: http://cmdpdh.org/wp-content/uploads/2012/12/cmdpdh_715_comunicacion_final4c_4_civiles.pdf
[2] La CNDH determinó: “174. La Comisión Nacional advierte la responsabilidad en la que incurrieron servidores públicos de la SEDENA por la violación al domicilio, la detención arbitraria, la retención ilegal y la tortura; los agentes del Ministerio Público Federal a cargo de la AP 1 y quienes tuvieron bajo su custodia a V1, V2, V3 y V4 antes de la determinación de su situación jurídica y por la retención en instalaciones militares y por haber tolerado la tortura”, disponible en: http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/2015/Rec_2015_033.pdf
[3] Véase, Oficio, disponible en: http://cmdpdh.org/wp-content/uploads/2012/12/cmdpdh_solicitud_de_informacion_ceav_4civiles.pdf
[4] Véase comunicado conjunto Secretaría de Gobernación y Secretaría de Relaciones Exteriores: http://saladeprensa.sre.gob.mx/index.php/comunicados/6915-532
[5] Un método de investigación llamado tortura, Nexos, 1º marzo 2016, http://www.nexos.com.mx/?p=27781
[6] Los datos que aquí incluimos fueron publicados en su mayoría recientemente en un artículo de mi autoría que aparece en la Revista Nexos de este mes de marzo de 2016: http://www.nexos.com.mx/?p=27769
[7] PGR. Folios: 0001700300414 y 0001700020615.
[8] PGR. Folio: 0001700020115.
[9] PGR. Folio 0001700020615.
[10] PGR. Folio 0001700133014.
[11] Información recabada a partir de solicitudes de información pública. Los estados a los que hacemos referencia son Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Chiapas, Distrito Federal, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora (informó controles preliminares), Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz (informó sólo investigaciones iniciadas) y Zacatecas.
[12] CNDH-Folio: 00062714.
[13] Recomendaciones: 2015/33, 2013/68, 2012/62, 2012/59, 2011/52, 2010/75, 2010/42
[14] La suma contempla las quejas interpuestas en los organismos públicos de derechos humanos estatales.
[15] Semblanza curricular en página de la CMDPDH: http://cmdpdh.org/2014/01/nombra-cmdpdh-a-jose-antonio-guevara-como-nuevo-director-ejecutivo/ También puedes ver otra semblanza en la página de Naciones Unidas: http://www.ohchr.org/EN/Issues/Detention/Pages/Members.aspx
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Para más información:
Mariana Gurrola, Comunicación CMDPDH
[email protected]
Tel. 5564 2582 ext. 114