Derechos humanos en México (8 de noviembre 2016)

Fuente: ACDV EDIT
Autor: Ricardo Ávila
El 8 de noviembre de 2016

 

Foro: “la tortura, práctica recurrente en México”

Este foro, se llevó a cabo el 24 de octubre de 2016, fue convocado por los diputados Juan Romero Tenorio, Araceli Damián González, Cuitláhuac García Jiménez y Alfredo Basurto Román del Grupo Parlamentario de Morena , en el marco de la discusión de la iniciativa de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobada por la Cámara de Senadores en abril de este año, y que se encuentra en revisión en la Cámara de Diputados.
El foro fue organizado en cuatro mesas, con la participación de especialistas de organismos civiles especializados en derechos humanos, así como algunos integrantes de organismos gubernamentales, de los que resaltamos las siguientes intervenciones:
Mesa I: “La tortura en México”
De la primera mesa, lo más destacado es la participación del doctor Adrián Ramírez López, presidente de la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos, quien fue claro y puntual en su intervención al señalar que la tortura no se acota de manera jurídica, como lo muestra el estado actual de esta problemática en México, a cinco años de la reforma al artículo primero de la Constitución, en materia de derechos humanos, y señala las principales problemáticas:
  • El derecho mexicano ha actuado en sentido contrario al promover “derechos de Estado” en vez de “estado de derecho”, al incorporar la “Ley Federal para la Delincuencia Organizada”, así como jurisprudencias que la avalan, al igual que el uso de ejércitos y fuerzas armadas en labores policiacas;
  • La Procuraduría General de la República no notifica en el momento en que una persona es asegurada, aunque se cuenta con la tecnología para ello;
  • Los ministerios públicos, permiten que haya certificados médicos que no cumplen con las normas vigentes, y que resultan carentes de valor técnico y científico;
  • Los servicios periciales, en general son pobres, ya que no promueven una adecuada revisión física, ni señalan de manera completa signos o síntomas, de los detenidos, que resultarían cruciales para determinar la existencia de tortura, ni tampoco incorporan psicólogos calificados para dictaminar la integridad psicológica de los detenidos;
  • El poder judicial no genera jurisprudencias para comprender el fenómeno de la tortura, para abatirlo, ya que sus razonamientos actuales, convalidan la tortura, en referencia a la tesis aislada CCV/2016 publicada el 19 de agosto por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual plantea que no procede reponer procesos penales para investigar actos de tortura denunciados por la defensa, a no ser que exista confesión o “autoincriminación” de la persona acusada;
  • Así mismo los medios de comunicación difunden imágenes en las que, a un detenido, se le juzga y condena, sin que hayan seguido un proceso jurídico, inclusive muchas veces sin que haya siquiera iniciado el proceso, ya que no ha rendido su declaración inicial (llamada preparatoria).
Ricardo Ávila, representante de la ACDV, y Enriqueta Cruz Gomez, madre de víctima de tortura en México
Ricardo Ávila, representante de la ACDV, y Enriqueta Cruz Gomez, madre de víctima de tortura en México.

Complementaron las reflexiones de la mesa, los señalamientos de Andrés Díaz Fuentes (Fundar) desde sus reflexiones de la academia, así como Alfonso García Castillo, desde su práctica como defensor de derechos humanos.

 

Mesa II: “Marco normativo e instrumentos internacionales por violaciones a los Derechos Humanos en materia de tortura”
En esta mesa, la participación más destacable fue la de Alejandro Lugo, en su testimonio como víctima de tortura, y desde este lugar fue enfático al señalar que:
  • Existe una estrategia del gobierno, para minimizar la problemática de tortura:
  • Durante la actual administración del Distrito Federal, ha habido 34 protestas reprimidas y 500 presos por acusaciones fabricadas y detenciones arbitrarias y sin fundamento;
  • Solo 7 de estas, la Comisión de Derechos Humanos del DF (CDHDF) han tenido una recomendación. Y de esas, solo 3 tienen registrado el tema de tortura, pues en general la CDHDF, habla de uso indebido de fuerza;
  • El expositor cuenta con testimonios y evidencias graficas de 400 casos de tortura, que la CDHDF no ha reconocido.
Posteriormente, Alfredo López Martínez. Director General de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la CNDH, expresó el marco jurídico e histórico, desde el que la CNDH realiza sus intervenciones en relación con este fenómeno.
Mesa III: El papel de los jueces ante casos de tortura y el nuevo sistema de justicia penal.
En esta mesa, las exposiciones de Juan Carlos Gutiérrez Contreras. Director Ejecutivo de IDHEA y de José Mosqueda, en representación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fueron concurrentes.
En principio, el director jurídico de IDHEA resalta el papel que tiene el llamado “bloque de convencionalidad” que guarda el derecho positivo mexicano, al hacer obligatorio la incorporación de los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para la investigación y sanción de la tortura.
La Constitución señala que todas las autoridades están obligadas a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, esto es, respetar todos los estándares que se han desarrollado, en particular la jurisprudencia de la Corte Interamericana es obligatoria, en los casos de tortura.
Indicó que la jurisprudencia de la Corte Interamericana señala la diferencia entre tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, lo establece en la dignidad como bien jurídico a proteger.
Por tanto advierte que la dificultad principal no está en el marco jurídico, sino en la falta de voluntad política para operar estos criterios.
En este mismo sentido, José Mosqueda, mostró la relevancia de contar con un “bloque de constitucionalidad” que de acuerdo al artículo primero de la constitución, es protectora de los Derechos Humanos, remite a un parámetro de control de todos los instrumentos internacionales que México ha suscrito, por lo que ya se cuenta con los suficientes instrumentos jurídicos para la lucha contra la tortura. Y que las nuevas leyes secundarias que se creen, deberán de ser armónicas con estos ordenamientos.
Subrayó que de acuerdo a los lineamientos del bloque de constitucionalidad, la tortura se debe investigar de manera inmediata y oficiosa por los operadores jurídicos, por tanto no se debe revertir la carga de la prueba al denunciante de tortura.
Sin embargo, debemos resaltar, debido a que estuvo totalmente fuera de sintonía con los demás expositores, al mostrar la enorme distancia que existe en la perspectiva del Gobierno Federal, la participación de José Guadalupe Medina Romero. Titular de la Subprocuraduría Especializada en la Investigación de Delitos Federales de la PGR, quien después de manifestar que es un “lugar común” el hablar de una práctica recurrente de la tortura, habló de los esfuerzos que ha realizado su oficina, en el tema de la tortura, para concluir que ha concentrado 1700 asuntos de diversas instancias, de los que han llegado 780 asuntos de probable comisión de delito, elevadas a averiguación previa o carpeta de investigación y de ahí se han conseguido 23 órdenes de aprehensión, de los que han aprehendido a 5 personas: 2 integrantes del ejército y 3 de la policía federal.  Con lo que podemos resaltar que el funcionario de manera explícita, establece  el argumento de la minimización de la problemática de la tortura que ya habían resaltado otros expositores, como una de las principales problemáticas.
El citado funcionario gubernamental manifestó también explícitamente el argumento de la tortura como una  “estrategia de defensa del crimen organizado (…) ya que han localizado en algunos estados en donde se concentra”  . Con lo que podemos verificar la perspectiva gubernamental  de desacreditar las denuncias de tortura, si el denunciante es acusado de algunos delitos relacionados al crimen organizado.
Mesa IV: “La iniciativa de Ley contra la tortura”
Inició esta mesa Edith Escareño (Red Todos los Derechos Para Todos) haciendo un recuento histórico respecto al Protocolo de Estambul. Así mismo señala las deficiencias que actualmente existen en su implementación actual.
Posteriormente, la intervención de Lucía Chávez, de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, señala la dimensión de la problemática de la tortura en México, indicando que existen 8000 denuncias de tortura, a partir del inicio de la “guerra contra el narcotráfico”, sin contar con la llamada “cifra oscura”, por lo que es posible hablar de una “práctica generalizada en México”, que en general no se investiga.
Así mismo se pronunció por las deficiencias en el funcionamiento del mecanismo de la CNDH, la desaparición de la figura del arraigo y el abuso de la figura de la flagrancia y flagrancia equiparada por parte de los miembros del ejército y fuerzas armadas, cuando realizan funciones de seguridad pública.
Finalmente, Stephanie Erín Brewer, del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, especificó las problemáticas que encuentran con la iniciativa de Ley, propuesta por el Senado, en particular sobre la exclusión de cualquier prueba obtenida, violando los derechos humanos. También es destacable su indicación sobre la falacia del señalamiento de que al excluir pruebas obtenidas bajo tortura, genera impunidad, ya que el problema es que no exista investigación real, científica y rigurosa.
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