Fuente: En Vero Español
El 1º de abril de 2020
SITUACIÓN PREOCUPANTE EN CEFERESO N.5 “VILLA ALDAMA”:
ABUSO DE AUTORIDAD, PATRÓN DE INTIMIDACIÓN
OFICIO: EV/MX/COM/CEFERESO5/20200401
ASUNTO: SITUACIÓN PREOCUPANTE EN CEFERESO N. 5 “VILLA ALDAMA”
Montreal, Canadá
A 1º de abril del año 2020
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO DE PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL;
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y DE PROTECCIÓN CIUDADANA
CENTRO FEDERAL DE REINSERCIÓN SOCIAL N. 5 “VILLA ALDAMA”
Por la presente, la Asociación Civil EN VERO quiere manifestar lo siguiente relativo a hechos presuntamente cometidos por servidores públicos federales y que constituyen un patrón de vejaciones y violaciones a la dignidad de los visitantes a los internos del CEFERESO n. 5 “Villa Aldama” en el Estado de Veracruz.
Antecedentes:
EN VERO es una asociación civil sin fines de lucro, con sede en Montreal, Canadá, que se encuentra abocada a la defensa y promoción de los derechos humanos de personas que han sido injustamente detenidas, violentadas física y moralmente, procesadas y muchas veces sentenciadas de manera contraria al debido proceso. A este procedimiento sistemático de algunos gobiernos lo hemos llamado “fabricación de culpables”.
A finales de febrero del año en curso, familiares de los internos del CEFERESO #5 Oriente presentaron unas 60 quejas en contra del personal administrativo y de los servidores públicos de dicho centro penitenciario, en las que se denunciaron diversas conductas que apuntan a un TRATO INDIGNO HACÍA LA POBLACIÓN CARCELARIA misma y sus familiares que los visitan, a lo cual se suman: (1) la mala calidad de la comida; (2) el crecimiento injustificado y desproporcionado del costo de varios productos de primera necesidad dentro de dicho reclusorio; (3) los traslados injustificados de 60 internos a penales de los Estados de Chiapas y de Durango, claramente percibidos por los denunciantes como actos de represalia de parte del personal y de la dirección del CEFERESO #5 Oriente. En ese contexto los familiares de los internos exigieron la renuncia de la Directora General del CEFERESO de Villa Aldama, la Licenciada Erika Adriana Tenopala Chausseé.
Narración de los hechos:
El día Domingo 16 de febrero del 2020, el Sr. Luis Castillo García acudió con su esposa Patricia Ádame González y con su nieto de 6 años, José Luis Castillo Adame, a la visita a la que tiene derecho su hijo ERICK ONÉSIMO CASTILLO ÁDAME quién se encuentra privado de su libertad en dicho centro y a quién nuestra organización En Vero ha reconocido la calidad de “culpable fabricado” y de víctima de tortura, por lo que hemos presentado su caso ante la Secretaría de Gobernación y la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia.
El Sr. Luis Castillo inició los trámites en el área de trabajo social como corresponde, presentando su credencial de elector e informándole a la persona responsable de esa área que, en esa ocasión, él y sus dos acompañantes entrarían a efecto pues de estar algunas horas con su familiar Erick Onésimo Castillo Ádame (Expedientes Núm: 16709).
El personal adscrito a la revisión de los visitantes les había proporcionado los ‘carnets’ para poder pasar a la sala de visita, cuando el Sr. Castillo se percató que, debido a una omisión involuntaria, llevaba en la bolsa frontal de su camisa una credencial de elector vencida, donde se indicaba su domicilio anterior (y no el actual). Al señalárselo a la oficial, ésta le contestó que no se preocupará, que ella misma llevaría su credencial anterior a guardarla en el área de resguardo, a efecto de que pudiera ingresar al área de visita. La credencial fue entregada y remitida en el área de seguridad. Sin embargo, ahí le informaron al Sr. Castillo que, por esa ocasión, ya no estaba autorizada su visita por ese día y qué se tendría que reprogramar hasta la semana siguiente. El personal del área de seguridad también le exigió que, para el próximo intento de visita, el Sr. Castillo se rasurara el bigote conforme a las instrucciones de la Dirección General. Ante la última petición, el Sr. Castillo expresó su desacuerdo, manifestando que el rasurado del bigote o de la barba no está contemplado en ningún manual reglamento o norma del Órgano Desconcentrado o del propio centro, a lo cual le contestó el personal que ese nuevo requisito era obligatorio para poder volver a ver a su hijo. El Sr. Castillo solicitó hablar con el jefe de seguridad o con la Directora, sin que se le autorizara el acceso.
A las a las 8:58 horas de la mañana, el Sr. Castillo junto con otros visitantes afectados por la misma situación se ubicaron en la cámara #0363905096, dentro del área de trabajo social para elaborar una queja para ser dirigida al Dr. Alfonso Durazo Moreno, Secretario de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, al titular del Órgano Administrativo Desconcentrado y al Coordinador General de CEFERESOs en el país, con vistas a manifestar su preocupación ante esa situación que el Sr. Castillo y los demás familiares consideraban como un ABUSO DE AUTORIDAD por parte de los servidores públicos del CEFERESO #5. En la queja, se mencionó también el hecho de que, en otras ocasiones, varios internos (incluyendo a Erick Onésimo Castillo Ádame) manifestaron que, grupos de choque habían entrado al CEFERESO a GOLPEAR y a TORTURAR a los internos si se oponían al avasallamiento de sus derechos por parte de las nuevas autoridades penitenciarias.
Posteriormente a ello, una oficial de custodia le comentó al Sr. Luis Castillo que el jefe de seguridad no lo podría atender, dado que se encontraba en una reunión de estructura. Sin embargo, siguió esperando una hora más, puesto que todavía no lo atendían, por lo que el Sr. Luis Castillo salió a donde se encuentra el módulo de seguridad y ahí encontró al jefe de seguridad quién estaba platicando con otros oficiales, corroborando que éste no se encontraba en una reunión de estructura como se lo habían mencionado, sino que el Sr. Castillo percibió que el servidor público solamente se negaba a escuchar la queja de los familiares de los internos. Le solicitó directamente su intervención y, finalmente, al paso de unos 20 minutos, el jefe de seguridad atendió al Sr. Castillo. La respuesta fue que se iba a entrevistar con la Directora General para ver si podía pasar a la visita o no.
Posteriormente a ello, el jefe de seguridad le preguntó al Sr. Luis Castillo si tenía a la mano la credencial donde aparecía su domicilio anterior. El Sr. Castillo le contestó que sí, pero que después de que le fue devuelta en el área de resguardo, la había llevado a guardar a su camioneta ya que no le era útil. El jefe de seguridad entonces le pidió que, si se la traía y se la entregaba, entonces le permitiría a cambio el acceso a la visita, mencionando que eran órdenes expresas de la Directora General del CEFERESO 5, refiriéndose a la Lic. Erika Adriana Tenolapa Chausseé. Al regresar con la credencial vencida, el Sr. Castillo se la entregó en sus manos al jefe de seguridad quién, a su vez, le otorgó el acceso al área de visitas, entrado con su esposa y su menor nieto.
Al concluir la visita a las 13:00hrs PM, los oficiales de custodia sólo permitieron que su esposa y su nieto salieran; pero no al Sr. Luis Castillo, a quien retuvieron en la sala de visita, argumentando que podría pasar un rato más con su hijo Erick Onésimo. Sin embargo, dos horas pasaron sin comunicación de parte de ningún oficial, por lo que el Sr. Castillo se enteró de que se lo estaba reteniendo dentro del recinto de manera ABUSIVA E ILEGAL. Le increpó a la oficial de cargo cuando la vio, insistiéndole que se tenía que salir del centro y que ya era demasiado tiempo sin que se le diera ninguna explicación. Finalmente, la oficial que se encontraba a cargo del área de palapas en ese momento y después de 3 horas de tenerlo ilegalmente retenido, le pidió que la acompañará a la puerta de salida. Cuando se percató, que por donde pasaría al salir de la aduana, se encontraban dos camionetas de la policía federal con ocho oficiales armados y al rededor de cinco servidores públicos del CEFERESO, incluyendo a quien siempre se identificó como Jefe de seguridad, apostados todos con el fin de detener al Sr. Castillo, lo anterior SIN MOSTRARLE UNA ORDEN DE PRESENTACIÓN, de investigación o de aprehensión, debidamente liberada por autoridad competente.
En el acto, lo DETUVIERON ILEGALMENTE y procedieron a leerle sus derechos, argumentando que había violentado algún artículo de la Ley al haber presentado anteriormente un documento federal falso o alterado de documentos federales refiriéndose de manera implícita a su credencial de elector vencida, que el mismo jefe de seguridad había solicitado le trajera para autorizarle el acceso. Luis Castillo no se prevalió de su derecho a guardar silencio y le respondió al oficial que le hacía la lectura de sus derechos, que estaban cometiendo DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, ABUSANDO DE SUS FUNCIONES.
Manifestando en el acto que, si bien no se oponía a su puesta a disposición ante la autoridad competente (en este caso el Ministerio Pública de la Federación), los agentes lo estaban deteniendo ilegalmente y que tendrían que enfrentar las consecuencias de la comisión en flagrancia de diferentes delitos en relación con el ABUSO DE PODER y en REPRESALIA a manifestaciones de parte de los familiares de internos contra los EXCESOS COMETIDOS POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
Quienes en esa ocasión intentaron detener a Luis Castillo bajo el pretexto de que había usado una credencial de elector falsa o alterada actuaron de manera dolosa y maliciosa. Efectivamente, lo que presentó el Sr. Castillo fue su propia credencial de elector debidamente emitida por el Instituto Nacional Electoral y en la que aparecía su domicilio anterior. Es decir, que la credencial que el sujeto omitió presentar es la tarjeta actualizada donde se menciona su domicilio actual.
Solicitamos:
Todo lo manifestado en este comunicado, a raíz de la información proporcionada por el Sr. Luis Castillo García durante nuestra entrevista con él realizada el día 25 de febrero de 2020, puede ser corroborado con los videos de las cámaras del CEFERESO entre las 8:30 am y las 5:00 horas pm. Consideramos el INCIDENTE expuesto en la presente comunicación como particularmente GRAVE:
PRIMERO: Evidencia una grave EXTRALIMITACIÓN DE LAS FACULTADES de la Directora General, del Jefe de seguridad y de los servidores públicos federales que mantuvieron al Sr. Luis Castillo incomunicado al interior del propio CEFERESO indebidamente y durante casi 5 horas, presuntamente mientras se armaban, desde el área jurídica del centro, acusaciones falsas en su contra en relación con supuestos hechos constitutivo de un delito que el Sr. Castillo nunca cometió. Es decir que, no solamente un caso aislado de actos de intimidación hacía un civil, quién en su momento hizo valer sus derechos cuando expresó su desacuerdo ante el TRATAMIENTO INTIMIDANTE del personal y de la dirección del centro hacía los visitantes, sino que representa un INTENTO DE FABRICACIÓN DE CULPABILIDAD desde el área jurídica de un centro carcelario de jurisdicción federal.
Por lo que, en representación de los intereses del Sr. Luis Castillo en su calidad de representante de la víctima de fabricación de culpabilidad, ERICK ONÉSIMO CASTILLO ÁDAME y el mismo, víctima de los hechos narrados en la presente comunicación:
SOLICITAMOS LA INTERVENCIÓN DEL HONORABLE TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y DE PROTECCIÓN CIUDADANA, EL DR. ALFONSO DURAZO MORENO, QUE SE INVESTIGUE LA CONDUCTA PRESUNTAMENTE PUNIBLE DE PARTE DEL JEFE DE SEGURIDAD (QUIÉN NO SE IDENTIFICÓ POR MOTIVOS DE SEGURIDAD), ASÍ COMO LA DE LOS ELEMENTOS FEDERALES QUE PARTICIPARON EN LA SIMULACIÓN DE DICHA DETENCIÓN ILEGAL.
SEGUNDO: Consideramos el incidente del 16 de febrero de 2020 como representativo del PATRÓN DE INTIMIDACIÓN, HUMILLACIÓN Y ACTITUDES DEGRADANTES hacía los visitantes de internos por parte del personal del Centro por instrucciones de la dirección del CEFERESO #5, tal y como lo evidencian las 60 quejas presentadas a finales del mes de febrero de 2020.
A nombre de los internos del CEFERESO #5 y de sus familiares que tienen derecho a visitarlos, venimos a pedir que se tomen las medidas necesarias y que esa administración federal determinará pertinente para QUE CESEN TODOS ACTOS DE INTIMIDACIÓN, VEJACIÓN, ABUSO DE AUTORIDAD Y LAS PRACTICAS DE TRASLADOS DE INTERNOS A OTROS PENALES que no han sido debidamente justificados y autorizados por las instancias judiciales competentes.
ATENTAMENTE.
Mtro. DAVID BERTET
Presidente del Consejo de Administración