Caso Waldo Orlando García Ferrera (21 enero 2020)

Fuente: En Vero Español
Autora: Inaudy Clavero
El 20 de enero de 2020 (Publicación original el 17 de enero de 2020)

 

Opinión: El caso del Dr. Waldo Orlando García Ferrera y la realidad del sistema de justicia mexicano ‘en transición’

Para todos los que me conocen y para aquellos que siendo mis amigos virtuales han llegado a mi vida por referencias y hemos podido durante años intercambiar criterios de diferentes temas, quisiera de todo corazón que tuvieran un poquito de tiempo para leer esta amarga experiencia donde cualquiera de ustedes puede ser victima de un destino cruel, estando o no en el lugar equivocado.

Creo hay dos cosas muy difíciles de tratar, de asimilar y de resolver en esta vida. Una de ellas, se supone que cuando tienes una enfermedad terminal y sabes cual es el desenlace que te espera (final que todos tendremos pero que se nos hace difícil aceptar) en este caso te dices a ti mismo, “me tocó, o lucho por mi vida o me dejo vencer” cuando dices lucho por mi vida, asumes no solo el tratamiento médico y los cuidados que requiere tu mal, sino que también tratas de ver la vida diferente, amar cada cosa, disfrutar cada cosa que antes no percibías, llenarte de vida y dar vida antes de que se apague tu luz como decía el gran canta-autor Facundo Cabral, si ganas serás más humilde y más feliz y si te gana, te liberas del mal, del dolor y de la angustia y para mí ,”te irás en paz”.

La segunda situación que nos puede lanzar al vacío es la ausencia de libertad, en este particular, hablo de la limitación de la libertad humana de hecho y de derecho, no solo estoy tipificando a la libertad en su concepto mas amplio como el de vivir con dignidad. No, amigos. Me refiero a cuando te la arrancan, cuando te cambian injustamente la vida, cuando sin causa justificada y sin nada que te incrimine directa y justificadamente te encarcelan durante años y te acusan de un crimen que no cometiste. Entonces, en ese momento, crece tu valentía. Tu impotencia y tu ira se mezclan en un conjunto de emociones que, aunque no lo creas, son las que te mantienen vivo, alerta en la lucha para demostrarles a todos que tu eres inocente cuando en realidad los que deben demostrarte culpable no tienen argumentos y no saben hacerlo.

Esta realidad que parece repetitiva, no solo en el caso del Dr. Ferrera, sino en muchos más en el país mexicano, sin impórtales a ninguna administración, porque desafortunadamente la pesadilla no termina, es el triste, frustrante y real caso del Dr. cubano Waldo Orlando García Ferrera, privado de su libertad desde el año 2011.

Todos los que le conocen me preguntan: ¿Cómo está preso si no hay pruebas que lo incriminen? ¿Cuándo es el juicio?, y ¿como lo van a sentenciar sin una verdadera prueba científica que lo involucre?

Yo les voy a responder tratando de usar un lenguaje simple al nivel de todos.

Está preso sin pruebas que lo incriminen porque en México se fabrican culpables; se arma todo un muñeco, una historia de ficción sin nada que la sustente científicamente, lo único tácito y expreso que compone una investigación criminal son muchas palabras escritas las cuales comprenden la confección de un expediente jurídico con un número de causa, pésima e incongruente narrativa , un sin fin de hojas que los jueces no leen, pero que de mutuo acuerdo con la Fiscalía le orientan a este órgano o institución que le den forma jurídica a la historia narrada para que sea creíble, el elemento probatorio, objetivo, real y científico como prueba de cargo siempre será nulo en la balanza jurídica debido a la deficiente etapa de investigación, por lo que el juez se inclinará siempre a cualquier elemento subjetivo para condenar al posible responsable que fue escogido y convirtiendo la mal desarrollada prueba circunstancial en prueba de cargo, porque simplemente no tienen nada más para incriminarlo. Por medio de la prueba circunstancial deficiente en su totalidad, se pretende condenar a un inocente, sin tener en cuenta como realmente se desarrollaron los hechos, sin tener en cuenta las pruebas científicas que sí existen a favor del médico cubano, sin tener en cuenta las declaraciones de los testigos y haciendo caso omiso a la objetiva y clara intencionalidad de las autoridades para involucrar al galeno provocándole torturas fiscas y psíquicas para obligarlo a declararse culpable.” A eso, se le llama “Justicia a la mexicana”.

¿Cuándo es el juicio?

Desafortunadamente el sistema jurídico mexicano se encuentra en constante transformación. Hasta hace unos tres años, en el estado donde se encuentra prisionero el galeno, no existían salas de juicio oral por lo que los escritos sustituían toda acción jurídica ante los ojos de los juzgadores. Ese es reconocido como el viejo sistema penal bajo, el cual se sigue administrando justicias para algunos casos, sin que todavía en este orden jurídico se refleje una equidad en el procedimiento penal. Pues, aunque ya se habilitaron las salas para juicio oral, el Dr. Ferrera continuará su proceso por lo estipulado en el viejo sistema. Quiere decir… el galeno cubano no tendrá nunca un juicio oral, y para los que no conocen como funciona la justicia a la mexicana, las llamadas audiencias de vista solo existen en la normativa jurídica. Cuando el juez fija audiencia de vista, las partes se presentan ante el secretario de sala penal que corresponda para firmar un acta de mutuo acuerdo y con esto el cierre, donde en el plazo que el juez determine (y no el plazo que estipula la ley) se dictará la correspondiente sentencia. Entre más hojas tenga el expediente, más tiempo para el juez, el cual nunca se lee los expedientes y nunca tiene apuro. No importa si es un año o cinco en espera. Además que en muchas ocasiones, cuando se fija la audiencia de vista, solo te encuentras los expedientes encima de una mesa con un acta para firmar y nada más; no hay nada que decir, ni con quién hablar y nada que hacer. Muchas veces ni la introvertida silueta de un secretario de sala y, como es lógico, nunca está el juez: esa es la audiencia de vista a la mexicana. así son las cosas en México, mis queridos amigos. La oralidad como principio rector del juicio penal acusatorio no es para todos por igual, a pesar de que la oralidad determina la condición de existencia de la inmediación, tanto en la fase procesal como en la apreciación de la prueba, sin que se pueda desvirtuar el contenido o la intención de la declaración.

¿Como van a condenarlo sin ninguna prueba científica que lo incrimine?

Porque, en México, no importa si eres culpable o inocente; solo importa tener un culpable tras las rejas, que alguien pague y se hace más fácil armar el muñeco con una persona donde, por sus características personales, puedas sacar argumentos para el ficticio guion de una historia si de una forma u otra tuvo una relación mala o buena con la presunta víctima para que sea algo creíble. Por lo que nunca falta la historia del “crimen pasional”… Como dicen en mi pueblo: “Ya estas frito” y solo te salvas de tres maneras: si eres amigo de algún político influyente, si eres familia, amigo de un narco influyente y temerario o si tienes mucho dinero para sobornar a jueces y fiscales…

Hasta aquí se los dejo no sin antes anunciarles que tengo una buena historia, con prueba de cada particular y contravención de esta dramática y triste realidad, pero espero que en un futuro no lejano la lean en mi libro porque será la madre de todas las bombas…

Petición en Change.org: aquí.